Se permite a ingresar a Costa Rica sin necesidad de visado y permanecer por 90 días, si su propósito de la visita es el turismo o negocio. Los que quieren quedarse más tiempo en Costa Rica debe salir del país por un período de 72 horas como mínimo y antes de los 90 días de expirar, después de este procedimiento se les permite volver a entrar en el país por otros 90 días. Saliendo por ejemplo, a Panamá o Nicaragua, el viajero en general, necesita presentar un billete de salida de Costa Rica a Europa o los EE.UU. para poder regresar a Costa Rica. En el caso de las escalas en los EE.UU., sus normas de inmigración se aplican (véase más adelante). Desde octubre de 2004 la inmigración EE.UU. sólo permite pasaportes de lectura mecánica si desea ingresar al país sin tener un visado. Esto es válido para todos los viajeros (todos los grupos de edad).
Desde 12 de enero 2009 para todos los viajeros procedentes de países que forman parte del "Programa de Visa Waver" (VWP), están obligados a llenar un formulario disponible en Internet antes de su llegada a los EE.UU., esta solicitud de inmigración electrónica está libre de cargos y generará un permiso de entrada después de consultar con las autoridades. El formulario se encuentra en: https: / / esta.cdp.dhs.gov (Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje - ESTA)
Debido a la situación actual de la seguridad y la normativa que brinda la US American Transportation Security Administration (TSA), a los pasajeros aéreos no se les permite llevar líquidos o gelatinas a bordo o en el aeropuerto. Esto incluye bebidas, champú, bronceadores, cremas, pasta dental, gel de peinado, productos similares y otros. Estos artículos deberán ser almacenados en el equipaje que está chequeado.
Algunos productos que todavía se pueden tomar a bordo son: comida para bebés, leche materna o jugo para un bebé que está viajando, medicina con prescripción, pero el nombre en los empaques debe ser coherentes con el nombre en el tiquete aéreo (debe estar presente en la prescripción), se permite la insulina y otros medicamentos necesarios sin receta. Las bebidas que se compran en el aeropuerto deben ser consumidas antes de embarcar.
Aduanas, en general, observa todo el tráfico transfronterizo de mercancías. Para la entrada al país, además de la normativa aduanera, las normas de inmigración también se deben considerar. No se cobrarán derechos de aduana en Costa Rica para los artículos de uso personal o de uso relacionado con el trabajo, pero esto sólo es aplicable siempre y cuando la cantidad no se asume que es para fines comerciales. La ley costarricense permite inspeccionar los equipajes y también estipula que los viajeros deben llenar formularios en los que deben declarar artículos tales como frutas, vegetales, carne de res y similares. Hay sólo un formulario aduanero por familia que deberá ser completado por el responsable de la familia.
Moneda local y extranjera puede ser importada sin límites. Sin embargo, las divisas superiores a la suma de $ 10.000 deben ser declaradas.
En la salida habrá un impuesto de salida para los turistas, que actualmente es de $ 29.-, además, un impuesto de seguridad eventual de $ 6. Tanto los impuestos se pueden pagar en dólares, en CRC o con tarjetas de crédito. Pasajeros en tránsito que salen de Costa Rica dentro de 12 horas no deben pagar estos impuestos